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El aire acondicionado Mitsubishi Electric MSPEZ-125 VJA-C40 pertenece a la serie Standard Inverter, diseñada para ofrecer un alto nivel de eficiencia energética y flexibilidad de instalación. Con un diseño compacto, la unidad interior tiene una altura de solo 250 mm, lo que facilita su integración en espacios reducidos. Su tecnología avanzada de control permite una climatización precisa y eficiente, mientras que el mando PAR-40MAA proporciona una interfaz intuitiva y permite el ajuste de múltiples parámetros, optimizando el consumo energético en función de factores como el tamaño de la habitación, la ocupación y la variabilidad del clima.
Este modelo también destaca por su capacidad de operación en condiciones climáticas extremas, funcionando de manera estable incluso a temperaturas exteriores de hasta -20 ºC en modo de calefacción. La inclusión de un compresor rotativo con electroimanes y tecnología DC Inverter mejora el rendimiento, reduce el consumo y asegura un funcionamiento silencioso. El sistema incorpora tecnología Replace, lo que permite su instalación en redes de tuberías ya existentes sin necesidad de una limpieza intensiva, optimizando el tiempo y costo de instalación.
El Mitsubishi Electric MSPEZ-125 VJA-C40 es una opción confiable para quienes buscan un sistema de climatización de alta capacidad, flexible y ecológico, adecuado para grandes espacios residenciales y comerciales
MITSUBISHI ELECTRIC MGPEZ-71 VJA-C40
DOCUMENTOS BOE PARA LOS AIRES ACONDICIONADOS GAS R32 Según normativa integrada en el BOE, los equipos que contienen gases fluorados, han de ser instalados por empresas habilitadas con personal acreditado para su instalación conforme al Real Decreto 115/2017 de 17 de febrero, y el Reglamento (UE) 517/2014 sobre gases fluorados de efecto invernadero. Las empresas que distribuyen e instalan estos equipos tenemos la obligación de informar al cliente de la mencionada normativa. El cliente al comprar un equipo que contenga gas fluorado en cualquier comercio, tiene la obligación de cumplimentar la parte A del documento del BOE y devolverlo firmado al establecimiento donde lo ha adquirido para que el equipo pueda ser enviado. La parte B dispondrá de un plazo máximo de un año, a contar desde la fecha de compra.